HOSTILIDADES ENTRE EL ALCALDE Y EL CURA DE BENIFAIRÓ EN LA PROCESIÓN DE SAN VICENTE EL AÑO 1864

0
767

Investigación: María Vicenta Pérez Salvador                                                                                                                  Fuente: Archivo Diputación Provincial. Signatura: c.1 – C/104

Las hostilidades que se iniciaron entre el cura y el alcalde de esta población en septiembre de 1863, en la procesión de San Gil, y el escándalo consiguiente por el que ambos fueron reprendidos, no parece que hizo mella en el ánimo de ninguno de los dos. Midieron sus fuerzas y en mi opinión ambos perdieron.

CARTA DEL ARZOBISPO DE VALENCIA AL GOBERNADOR DE ESTA PROVINCIA

Con grande sorpresa acabo de saber un hecho que no ha podido menos de afectarme profundamente, ocurrido en la tarde del día 4 de los corrientes en el pueblo de Benifairó de Sagunto. Era la festividad de San Vicente Ferrer a quien como Patrono de todo el Reino de Valencia se obsequia de muy antiguo con procesión general; había esta salido y apenas hubo recorrido una pequeña parte de la carrera se presentó el Sr. Alcalde D. José Guillem y la mandó suspender y regresar a la Iglesia con el especioso pretexto de no habérsele pedido licencia para verificarla.

  1. S. no dejará de pesar en su ilustrado criterio toda la gravedad de este hecho en un pueblo católico que no ha podido menos de ver con indignación interrumpida una función religiosa consagrada a su Santo Patrón en medio de una calle pública con escándalo de los pueblos vecinos.

¿Y que causa alega aquella Autoridad local para una medida de tanta transcendencia? La de no habérsele pedido permiso previo.

Cuando ésta fuera, Señor Gobernador, una función extraordinaria que nunca hubiera tenido lugar en la población, podía muy bien el Alcalde quejarse de que no se hubiese puesto en su conocimiento por el derecho que alega de intervenir en ella con el fin de velar por el orden público, pero cuando este acto religioso está consagrado por la costumbre de muchos años y que por lo mismo forma ley que el Alcalde como tal es el primer llamado a respetar y obedecer, que nadie del pueblo ignoraba y que no estaba en el arbitrio del Párroco omitir si no en el deber de cumplir, no se concibe como haya podido aquel funcionario permitirse un lujo tan extraño de arbitrariedad. Y digo lujo, Sr. Gobernador, porque dado caso de que le asistiera la razón para adoptar aquella medida, pudo muy bien hacerlo de un modo más prudente avisando al Cura antes de concurrir el pueblo, lo uno porque no podía ignorarlo, lo otro porque con anticipación lo anunciaban las campanas, de suerte que solo el empeño de rebajar el esplendor del culto católico, y desprestigiar a la Autoridad eclesiástica, parece que haya podido ser el móvil de un hecho tan inconveniente como estrepitoso.

A la mira de evitar que se repita en aquel pueblo una escena que lastimosamente rebaja el buen concepto de su religiosidad, me he visto precisado con grande sentimiento a prohibir a su cura párroco el que en ningún concepto salga procesión alguna de la Iglesia hasta nueva orden; y al mismo tiempo, Señor Gobernador, invoco la superior Autoridad de V. S. para que se sirva hacer entender al Alcalde de Benifairó cuan fuera de su derecho se ha colocado al exigir se le pida licencia para hacer una procesión ordinaria que se celebra en la capital y en muchos pueblos del Reino, y en la que si bien no se le pone en cuestión su asistencia, calificada y protectora,no se le puede reconocer el derecho de conceder o negar la licencia, sino en algún caso justificado en que pudiera temerse la alteración del orden público.

Aun en funciones extraordinarias como en las de rogativas por causas gravísimas nos da ejemplo la Reina Nuestra Señora que se dirige para que las disponga a la Autoridad eclesiástica y no a la civil, si bien aquella invita cortésmente a ésta para su asistencia, contribuyendo a dar mayor esplendor y solemnidad, y esta práctica que es inconcusa en España debe formar respetable jurisprudencia para todos los pueblos de la misma.

Espero pues que V.S. con la discreción, prudencia y celo que le son característicos adoptará aquellas disposiciones que pongan a salvo el libre ejercicio del culto católico en el pueblo de Benifairó y cualquier otro de la Provincia de su digno mando, preservándole de la arbitrariedad de cualquier Autoridad local que se empeñe en acreditarse de poco religiosa siquiera sea a título del celo exagerado sus presuntas prerrogativas.

Dios guarde a V. S. muchos años. Valencia, 13 Abril de 1.864.

Fdo.: Mariano, Arzobispo de Valencia.

El texto leído es una fiel copia del documento original. Para seguir leyendo todo el documento, pinchar la siguiente foto.

Deixar una resposta:

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí