A Carlos Gil se le atribuye un delito de maltrato en el ámbito familiar y un delito leve de injurias
La Fiscalía de Valencia solicita una pena de 10 meses de prisión para el alcalde del municipio valenciano de Benavites y diputado provincial Carlos Gil (PP) por presuntos malos tratos a su mujer.
Según se desprende de la calificación fiscal provisional, a la que ha tenido acceso Europa Press, a Carlos Gil se le atribuye un delito de maltrato en el ámbito familiar y un delito leve de injurias.
Junto a la pena de prisión, la Fiscalía requiere diez días de localización permanente; la privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante tres años; la prohibición de aproximarse a la mujer a menos de 300 metros durante dos años; y el pago de una indemnización de 90 euros para la víctima por las lesiones causadas.
El diputado provincial, suspendido cautelarmente de militancia tras los hechos y de sus funciones como coordinador general del PP de la provincia de Valencia, siempre ha negado los hechos y ha aludido a «falsedad» en la denuncia presentada por su mujer.
El acusado estaba casado con la víctima en el momento de los hechos, tenían dos hijas en común, menores de edad, y residían en una vivienda en la localidad valenciana de Benavites.
El incidente tuvo lugar el 4 de septiembre de 2020, cuando sobre las 22.30 horas se personó la mujer en el domicilio en el que se encontraba el acusado junto a su madre en Canet de Berenguer para recoger comida y enseres personales. Le acompañaba una de las hijas menores.
En ese momento se inició una discusión entre la pareja –siempre según el mismo escrito fiscal– por las cosas que se pretendía llevar la mujer y el acusado levantó la mano dirigiéndose hacia ella, si bien no logró agredirle al mediar la hija de ambos y la madre de él.
Cuando la mujer llamó a la policía, el acusado le arrebató el teléfono móvil para impedirlo. Posteriormente, cuando él se dirigió de nuevo hacia ella, salió corriendo pero la alcanzó en el rellano. La cogió fuertemente del brazo y del pecho.
En el transcurso de la discusión, el acusado le dijo a la víctima «hija de puta, te vas a quedar sola sin un duro». Como consecuencia de estos hechos, la mujer sufrió varias lesiones en el brazo derecho y en el tórax. Precisó para su sanidad de una primera asistencia facultativa y tardó tres días en curar, ninguno de ellos impeditivo para sus ocupaciones habituales.
El PP expulsa al diputado Carlos Gil tras ser procesado por violencia machista
La dirección provincial aparta al alcalde de Benavites del grupo popular en la Diputación de Valencia y le pide que entregue el acta
El alcalde de Benavites, Carlos Gil, ha sido expulsado del grupo popular en la Diputación de Valencia después de que la Fiscalía haya pedido para él una pena de 10 meses de prisión por un delito de maltrato en el ámbito familiar. La medida ha sido comunicada hoy por el presidente provincial del PP, Vicente Momó, tras conocerse el procesamiento de Gil, a quien el partido ha pedido que dimita del acta de diputado.
Cuando la denuncia de maltrato contra Carlos Gil salió a la luz el pasado mes de septiembre, el PP solicitó su suspensión cautelar de militancia en el partido y la dirección provincial la aceptó porque entendía que su situación no era compatible con el desempeño de sus responsabilidades. Desde ese momento cesó en sus funciones como coordinador general del PP de la provincia de Valencia. Sin embargo, en los últimos meses ha seguido participando de forma activa en los plenos y en los consejos de administración de Divalterra como un integrante más del grupo popular.
Mompó ha anunciado que Carlos Gil dejará también de representar al PP en su municipio, al pedirse su baja definitiva del partido. Mompó ha recordado que los estatutos internos del Partido Popular «están para cumplirse» y ha defendido que el partido que encabeza es absolutamente sensible contra la violencia machista y totalmente determinado a combatirla en todos los ámbitos. Por último, el presidente provincial del PP ha mostrado «respeto absoluto a las decisiones judiciales» y también al «derecho a la presunción de inocencia».